Acto de habla
Se entiende por acto de habla la unidad básica de la comunicación lingüística, propia del ámbito de la pragmática, con la que se realiza una acción (orden, petición, aserción, promesa...).
Esta forma de concebir el lenguaje parte del filósofo británico J. L. Austin, quien en la década de los 40 expuso en sus clases sus investigaciones pragmáticas en torno a la lengua, recogidas luego en su obra póstuma de 1962. El término fue acuñado posteriormente por un discípulo suyo, el filósofo J. Searle, quien perfeccionó y consolidó dicha teoría.
Según Austin, al producir un acto de habla, se activan simultáneamente tres dimensiones:
- Un acto locutivo (el acto físico de emitir el enunciado, como decir, pronunciar, etc.). Este acto es, en sí mismo, una actividad compleja, que comprende, a su vez, tres tipos de actos diferentes:
- acto fónico: el acto de emitir ciertos sonidos;
- acto fático: el acto de emitir palabras en una secuencia gramatical estructurada;
- acto rético: el acto de emitir las secuencias gramaticales con un sentido determinado.
- Un acto ilocutivo o intención (la realización de una función comunicativa, como afirmar, prometer, etc.)
- Un acto perlocutivo o efecto (la (re)acción que provoca dicha emisión en el interlocutor, como convencer, interesar, calmar, etc.)
De este modo, al emitir un enunciado como [te prometo que lo haré] estamos, por un lado, diciendo algo (acto locutivo); prometiendo una acción (acto ilocutivo) y provocando un efecto (convencer de la promesa al interlocutor).
Según esta teoría, los enunciados sirven no sólo para expresar proposiciones con las que describir, constatar, en suma, decir algo, sino también para realizar acciones lingüísticas muy diversas en contexto, por ejemplo, dar una orden o hacer una promesa. La realización de tales actos está sujeta a un conjunto de reglas convencionales, cuya infracción afectará directamente a los efectos comunicativos del acto. Searle propuso una tipología de dichas condiciones; éstas se refieren a las circunstancias y al papel de los participantes del acto de habla, a sus intenciones así como a los efectos que pretenden provocar. Son las llamadas condiciones de felicidad. Así, por ejemplo, para prometer algo a alguien, hay que ser sincero, dirigirse a un destinatario interesado en la realización de esta promesa, no prometer algo imposible de cumplir o cuyo cumplimiento, por el contrario, resulta evidente, etc.
Searle agrupa los actos de habla en cinco categorías: los actos de habla asertivos dicen algo acerca de la realidad: [el teatro estaba lleno]; los directivos pretenden influir en la conducta del interlocutor: [no te olvides de cerrar con llave]; los compromisivos condicionan la ulterior conducta del hablante: [si tengo tiempo pasaré a saludarte]; en los expresivos el hablante manifiesta sus sentimientos o sus actitudes: [lo siento mucho, no quería molestarle] y los declarativos modifican la realidad [queda rescindido este contrato].
En una primera versión de su teoría, Searle establece una relación directa entre la forma lingüística de una expresión y la fuerza ilocutiva del acto de habla que se realiza al emitirla (siempre que ello se dé en las condiciones apropiadas); así, por ejemplo, con un imperativo se estaría dando órdenes, y con una interrogativa, solicitando información. Posteriormente, observa que en muchas ocasiones se da una discrepancia entre la forma lingüística y la fuerza ilocutiva: con una pregunta puede estar haciéndose una sugerencia, o dando un mandato. Ello lo lleva a establecer el concepto de acto de habla indirecto, para referirse a los casos en que el significado literal no coincide con la fuerza ilocutiva o intención, como ocurre ante un enunciado del tipo [¿puedes cerrar la ventana?], donde bajo la pregunta se esconde una intención de petición. Si se respondiera literalmente a este enunciado, la respuesta podría ser un [sí, puedo]. En cambio, al formularla, lo que esperamos es que el interlocutor cierre la ventana.
En la didáctica de las lenguas la teoría de los actos de habla ha servido de base para las propuestas de enseñanza comunicativa. Los programas nociofuncionales elaborados en esta metodología se construyen sobre las nociones y las funciones, conceptos que se inspiran en los actos de habla.
Actos de habla
Actos de habla, son aquellas acciones verbales que producen un mutuo entendimiento y que se realizan cooperativamente. Nuestra actividad lingüística en general es un tejido hecho de actos de habla: en la interacción cotidiana afirmamos, aseguramos, negamos (actos asertivos); o pedimos, suplicamos, damos órdenes (actos directivos); o expresamos diferentes emociones (actos expresivos). Cada una de estas acciones es un acto de habla.
La teoría sobre los actos de habla viene de la ordinary language-philosophy, es decir que no es una teoría lingüística, sino más una teoría filosófica.
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John Langshaw Austin puso la primera piedra diciendo que es cierto que algunos enunciados tienen la forma gramatical de declaraciones, pero no se trata de declaraciones porque en diciendo estos se hace alguna acción.
Es decir un acto de habla es en esencia un enunciado que produce un cambio en el estado de cosas del mundo.
Estos actos son, por ejemplo: un bautismo. Al decir: “Te bautizo con el nombre Clara.” no se describe nada, pero se vuelve lo dicho a la realidad.
Austin y Searle intentaron a analizar un acto de habla más profundamente y lo dividieron en varios actos:
1) El acto locucionario: el enunciado mismo, es decir, la pronunciación de los fonemas
2) El acto ilocucionario: acción que se hace con el acto locucionario, por ejemplo: hacer una pregunta, dar un orden, dar una disculpa etc.
3) El acto perlucionario: el efecto del enunciado en la audiencia, por ejemplo.
Searle añade estos actos:
1) El acto proposicional: descripción de la realidad, significado
2) La referencia: se refiere a una cosa en el mundo, la cosa sobre que se habla
3) Predicación: mensaje sobre el mundo, características de la referencia.
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Searle propone una clasificación de estos actos en las siguientes cinco clases. Esta clasificación esta basada en la intención del acto de habla.
1. Representativos: El hablante se comprometa que un comentario se refiere a la realidad y que es un hecho. Por ejemplo: afirmar, negar, confesar, admitir, notificar etc.
2. Directivos: Intentan obligar al oyente hacer una cosa. Solicitar, requerir, ordenar, prohibir, aconsejar etc.
3. Compromisorios: Obligan al hablante hacer una cosa. Prometer, jurar, ofrecerse, garantizar etc..
4. Expresivos: Expresan el estado de ánimo del hablante. Agradecer, felicitar, condolerse, dar la bienvenida, disculparse etc.
5. Declaratorios: Cambian el estado de alguna cosa. Nombrar, bautizar, rendirse, excomulgar, acusar etc.
Según esta clasificación el acto de habla del estudio puede ser un acto expresivo, pero también un acto compromisorio, o directivo.
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